CONVENIO ARBITRAL Arbitraje de Conciencia

CONVENIO ARBITRAL (Arbitraje de Conciencia)

Conste por el presente documento el convenio arbitral(1), que celebran de una parte AAA, identificada con R.U.C. N° .........................., inscrita en la partida electrónica N° .......... del Registro de Personas Jurídicas de .........., con domicilio en .........................................., debidamente representada por su gerente general don .........................................., identificado con D.N.I. N° ........................, con poderes inscritos en el asiento .......... de la referida partida electrónica, a quien en lo sucesivo se denominará LA EMPRESA; y, de otra parte, BBB, identificada con R.U.C. N° ............................, inscrita en la partida electrónica N° ........ del Registro de Personas Jurídicas de ......, con domicilio en ................................................, debidamente representada por su gerente general don ............................................, identificado con D.N.I. N° ......................., con poderes inscritos en el asiento ....... de la referida partida electrónica, a quien en lo sucesivo se denominará EL CLIENTE; en los términos y condiciones siguientes:

ANTECEDENTES

CLÁUSULA PRIMERA.- LA EMPRESA es una persona jurídica de derecho privado cuyo objeto social es la comercialización y distribución de ...................... en la ciudad de Lima. LA EMPRESA ha celebrado un contrato de distribución con EL CLIENTE con la finalidad de que éste coloque sus productos en las ciudades del norte del país.

CLÁUSULA SEGUNDA.- EL CLIENTE es una persona jurídica de derecho privado cuyo objeto social es la venta de productos de diversa naturaleza, tales como..................... cuyo interés en la celebración del contrato descrito en la cláusula anterior es poder comercializar los productos ............ en las ciudades de ................

CLÁUSULA TERCERA.- Ambas partes aclaran que celebraron dicho contrato de compraventa el día ........ del mes de .......... de ............ y que las disposiciones que contiene el presente documento una vez firmado formará parte integrante del contrato mencionado.

OBJETO DEL CONVENIO

CLÁUSULA CUARTA.- Mediante el presente convenio arbitral, las partes se someten voluntariamente al procedimiento de arbitraje a fin de solucionar cualquier desavenencia o controversia que pudiera derivarse de la ejecución del contrato mencionado en la cláusula primera, incluidas las de su nulidad o invalidez.

El procedimiento arbitral por medio del cual solucionarán sus diferencias ambas partes, será de conciencia, para ello designarán a un árbitro en función de su calidad personal y moral.

NOMBRAMIENTO DE ÁRBITRO DE CONCIENCIA

CLÁUSULA QUINTA.- De acuerdo a lo establecido en las cláusulas anteriores, las partes recurrirán a un árbitro de conciencia quien resolverá con carácter de única instancia y decidirá las reglas del proceso.

Para servir este cargo las partes designan desde ya al doctor ...................... y para el caso de su negativa o imposibilidad para asumir el cargo, o continuar desempeñándolo por cualquier causa que fuere, designan en su reemplazo y con igual calidad, competencia y atribuciones al doctor..............

Las partes renuncian en forma expresa a todos los recursos que pudieran interponer contra las resoluciones que pronuncie el árbitro, e igualmente renuncian a todas las causales de recusación que pudieran hacer valer respecto de la persona que actúe como árbitro, ya sea por hechos presentes o futuros, conocidos o desconocidos por ellas.

En el evento que ninguna de las personas anteriormente señaladas pudiera asumir el cargo de árbitro de conciencia o continuar ejerciéndolo, el asunto será igualmente resuelto por un árbitro de conciencia, pero éste será designado por ambas partes de común acuerdo. Si no se produjera tal acuerdo dentro del plazo de siete días calendario contados desde el requerimiento que en tal sentido dirija una de las partes a la otra por carta notarial, el árbitro será designado por la Cámara de Comercio de Lima. Los árbitros podrán asumir el cargo y desempeñar sus funciones cuantas veces fuesen requeridos al efecto por las partes.

El arbitraje tendrá lugar en la ciudad de.............

El árbitro se encontrará facultado para requerir a las partes el pago de los fondos que se estimaren del caso a fin de sufragar los costos procesales y honorarios del pleito que se promueva. Igualmente podrá exigir que estos pagos sean hechos por una sola de las partes, con derecho a repetición contra la otra parte.

OBLIGACIÓN DE LAS PARTES

CLÁUSULA SEXTA.- Las partes se obligan a realizar los actos que sean necesarios para que el arbitraje se desarrolle y se ejecute el laudo arbitral.

DOMICILIO

CLÁUSULA SÉTIMA.- Para la validez de todas las comunicaciones y notificaciones a las partes, con motivo de la ejecución de este convenio, ambas señalan como sus respectivos domicilios los indicados en la introducción de este documento. El cambio de cualquiera de las partes surtirá efectos desde la fecha de comunicación de dicho cambio a la otra parte, por vía notarial.

APLICACIÓN SUPLETORIA DE LA LEY

CLÁUSULA OCTAVA.- En todo lo no previsto por las partes en el presente contrato, ambas se someten a lo establecido por las normas de la Ley General de Arbitraje y demás del sistema jurídico que resulten aplicables.

En señal de conformidad las partes suscriben este documento en la ciudad de …., a los …. días del mes de ….. de 20....




EL CLIENTE LA EMPRESA




ANOTACIONES Y REFERENCIAS LEGALES

(1) Conforme al artículo 9° de la Ley General de Arbitraje, Ley N° 26572 del 05/01/96, el convenio arbitral es el acuerdo por el que las partes deciden someter a arbitraje las controversias que hayan surgido o puedan surgir entre ellas respecto de una determinada relación jurídica contractual o no contractual, sean o no materia de un proceso judicial. El convenio arbitral obliga a las partes y a sus sucesores a la realización de cuantos actos sean necesarios para que el arbitraje se desarrolle, pueda tener plenitud de efectos y sea cumplido el laudo arbitral.

El convenio arbitral puede estipular sanciones para la parte que incumpla cualquier acto indispensable para la eficacia del mismo, establecer garantías para asegurar el cumplimiento del laudo arbitral, así como otorgar facultades especiales a los árbitros para la ejecución del laudo en rebeldía de la parte obligada.

Independientemente de lo dispuesto en el párrafo anterior, los árbitros se encuentran facultados para imponer multas hasta por un máximo de dos (2) Unidades Impositivas Tributarias a la parte que no cumpla sus mandatos. Estas multas que serán a favor de la otra parte, constarán en el laudo arbitral y se ejecutarán conjuntamente con este último.










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